viernes, 15 de abril de 2011

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
La Constitución es norma de normas.
Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la
Constitución y las leyes. De los Derechos Fundamentales.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. La ley señalará la forma de su protección. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.
Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley.
Se reconoce el derecho de asilo en los términos previstos en la ley.
No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza 0Pública.
Para hacer efectivo este derecho puede:
1. Elegir y ser elegido.
5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.
6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.
El Estado divulgará la Constitución.
Capítulo 2.......La ley
Podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable.
La ley reglamentará la progenitura responsable.
Los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles en los términos que Establezca la ley.
La ley determinará lo relativo al estado civil de las personas y los Consiguientes derechos y deberes.
Los derechos de los niños
Prevalecen sobre los derechos de los demás.
La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de Conformidad con la ley.
La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a
Cargo del Estado. La ley reglamentará la Materia.
La ley reglamentará este derecho.
La ley reglamentará su Composición y funcionamiento.
Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con Arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni Vulnerados por leyes posteriores.
El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad.
La ley reglamentará la materia.
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las Formalidades que establezca la ley.
En este caso, La ley asignará el patrimonio respectivo a un fin similar. La ley
Establecerá las condiciones para su creación y gestión.
La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la Actividad docente.
La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado.
Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos Salvo los casos que establezca la ley.
El gobierno nacional designará dos de ellos.
Son de aplicación inmediata los derechos consagrados en los artículos 11,
12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 37
Y 40.
Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el
Cumplimiento de una ley o un acto administrativo.
No obstante, la ley podrá, por razones de orden público,
Subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos
Civiles a los extranjeros.
Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a
Utilizar los medios de comunicación social del Estado en todo tiempo,
Conforme a la ley. Capítulo 3.......Una ley estatutaria regulará íntegramente la materia.
Capítulo 1.......De la Estructura del Estado.
Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial.
Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las Leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y Suprema autoridad administrativa.
El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los Ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos.
El Congreso ejercerá determinadas funciones judiciales.
Excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias Precisas a determinadas autoridades administrativas. El Ministerio Público y la Contraloría eneral de la República son órganos de Control.
Al Ministerio
Público corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la Protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes Desempeñan unciones públicas.
La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, Por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos Que establezca la ley.
Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le Atribuyen la Constitución y la ley.
Capítulo 2.......De la Función Pública.
Sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley el servidor público
Que sea condenado por delitos contra el patrimonio del Estado, quedará Inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los Empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas Territorialmente y por servicios.
Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; Ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el Reglamento.
La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente Desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.
La ley determinará la responsabilidad de los servidores públicos y la manera De hacerla efectiva.
Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado Por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.
14. Proveer los empleos creados por la ley para el cumplimiento de sus Funciones.
Cada Cámara elegirá, para el respectivo período constitucional, comisiones
Permanentes que tramitarán en primer debate los proyectos de acto Legislativo o de ley.
Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las
Siguientes funciones:
1. Interpretar, reformar y derogar las leyes.
El Gobierno rendirá Periódicamente informes al Congreso sobre el ejercicio de estas
Autorizaciones.
16. Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional. 23. Expedir las leyes que regirán el ejercicio de las funciones públicas y la Prestación de los servicios públicos.
Compete al Congreso expedir el estatuto general de contratación de la
Administración pública y en especial de la administración nacional.
El Congreso expedirá leyes orgánicas a las cuales estará sujeto el ejercicio
De la actividad legislativa.
La Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte
Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, el
Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República,
Tienen la facultad de presentar proyectos de ley en materias relacionadas con
Sus funciones.
El Congreso dará prioridad al trámite de los proyectos de ley aprobatorios de
Los tratados sobre derechos humanos que sean sometidos a su
Consideración por el Gobierno.
Aprobado un proyecto de ley por ambas cámaras, pasará al Gobierno para
Su sanción.
El proyecto de ley objetado total o parcialmente por el Gobierno volverá a las
Cámaras a segundo debate.
El fallo de la Corte obliga al Presidente a sancionar la ley.
39. Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley.
41. Celebrar los contratos que le correspondan con sujeción a la
Constitución y la ley.
46. Expedir cartas de naturalización, conforme a la ley.
Para ser Presidente de la República se requiere ser colombiano por
Nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años.
27. Conceder indultos por delitos políticos, con arreglo a la ley, e informar
Al Congreso sobre el ejercicio de esta facultad. Capítulo 3.......
Para ser elegido Vicepresidente se requieren las mismas calidades que para
Ser Presidente de la República.
El Vicepresidente no podrá ser elegido Presidente de la República, ni
Vicepresidente para el período inmediatamente siguiente.
Para ser ministro o director de departamento administrativo se requieren las
Mismas calidades que para ser representante a la Cámara.
Bajo la dirección del
Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a
Su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.
Capítulo 5.......De la Función Administrativa.
La administración pública, en
Todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos
Que señale la ley.
Las entidades del orden nacional descentralizadas por servicios sólo pueden
Ser creadas por ley o por autorización de ésta, con fundamento en los
Principios que orientan la actividad administrativa.
Los particulares pueden cumplir funciones administrativas en las condiciones
Que señale la ley.
La ley establecerá el régimen jurídico de las entidades descentralizadas y la
Responsabilidad de sus presidentes, directores o gerentes.
La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá
Delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos,
Representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes,
Gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine.
De los Estados de Excepción.
Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes
Incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto
Como se declare restablecido el orden público. De la Fuerza Pública.
La ley organizará el cuerpo de Policía.
La ley determinará su régimen de carrera, prestacional y disciplinario.
La ley determinará los sistemas de promoción profesional, cultural y social de
Los miembros de la Fuerza Pública. La ley podrá
Establecer elecciones directas para la constitución del Parlamento Andino y
Del Parlamento Latinoamericano.
De las Disposiciones Generales.
La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son
Independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las
Excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho
Sustancial. Para ser Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de
Justicia y del Consejo de Estado se requiere:
47. Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
48. Ser abogado.
28. Las demás atribuciones que señale la ley.
El Consejo de Estado tendrá el número impar de Magistrados que determine
La ley.
Son atribuciones del Consejo de Estado:
28. Desempeñar las funciones de tribunal supremo de lo contencioso
Administrativo, conforme a las reglas que señale la ley.
30. Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos de
Administración, debiendo ser necesariamente oído en todos aquellos
Casos que la Constitución y las leyes determinen.
31. Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la
Constitución y proyectos de ley.
33. Darse su propio reglamento y ejercer las demás funciones que
Determine la ley.
La Corte Constitucional tendrá el número impar de miembros que determine
La ley.13. Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de
Las consultas populares y plebiscitos del orden nacional.
La ley establecerá las formas de
Coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional.
La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los
Fiscales delegados y los demás funcionarios que determine la ley.
9. Cumplir las demás funciones que establezca la ley.
8. Participar en el diseño de la política del Estado en materia criminal y
Presentar proyectos de ley al respecto.
Podrá haber Consejos Seccionales
De la Judicatura integrados como lo señale la ley.
11. Las demás que señale la ley.
10. Las demás que señale la ley.
La ley reglamentará el
Ejercicio del voto programático.
El Consejo Nacional Electoral se compondrá del número de miembros que
Determine la ley, que no debe ser menor de siete. 52. Elegir y remover al Registrador Nacional del Estado Civil.
54. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su
Competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y
Recomendar proyectos de decreto.
62. Las demás que le confiera la ley.
De la Contraloría General de la República.
En los casos
Excepcionales, previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control
Posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial.
No podrá ser elegido Contralor General de la República quien sea o haya
Sido miembro del Congreso u ocupado cargo público alguno del orden
Nacional, salvo la docencia, en el año inmediatamente anterior a la elección.
69. Presentar al Congreso de la República un informe anual sobre el
Estado de los recursos naturales y del ambiente.
71. Presentar proyectos de ley relativos al régimen del control fiscal y a la
Organización y funcionamiento de la Contraloría General.
72. Proveer mediante concurso público los empleos de su dependencia
Que haya creado la ley. 73. Presentar informes al Congreso y al Presidente de la República sobre
El cumplimiento de sus funciones y certificación sobre la situación de
Las finanzas del Estado, de acuerdo con la ley.
74. Dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal
De todas las entidades públicas del orden nacional y territorial.
75. Las demás que señale la ley.
La ley determinará la manera de ejercer dicha vigilancia a nivel
Departamental, distrital y municipal.
Del Ministerio Público.

El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio
Público.
38. Las demás que determine la ley.
36. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
. Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la
Ley.
27. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
28. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones.
29. Las demás que determine la ley.
De las Disposiciones Generales.
Fuera de la división general del territorio, habrá las que determine la ley para
El cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado.
Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y
Los territorios indígenas.
La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y
Provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.
La ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la distribución de
Competencias entre la Nación y las entidades territoriales.
La ley dictará también las demás disposiciones necesarias para su elección y
Desempeño de funciones.
.-La ley reglamentará lo relacionado con el ejercicio de las atribuciones que la
Constitución les otorga.
50. Cumplir las demás funciones que les asignen la Constitución y la ley.
En desarrollo de lo anterior, la ley podrá delegar, a uno o varios
Departamentos, atribuciones propias de los organismos o entidades públicas
Nacionales.
El Presidente de la República, en los casos taxativamente señalados por la
Ley, suspenderá o destituirá a los gobernadores.
Son atribuciones del gobernador:
40. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los decretos del
Gobierno y las ordenanzas de las Asambleas Departamentales.
53. Ejercer las funciones administrativas que le delegue el Presidente de
La República.
54. Las demás que le señale la Constitución, las leyes y las ordenanzas.
La ley podrá determinar los casos en que tengan derecho a honorarios por su
Asistencia a sesiones.
Su aceptación de cualquier empleo público, constituye falta absoluta.
33. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los
Gastos locales.
39. Las demás que la Constitución y la ley le asignen.
Son atribuciones del alcalde:
13. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del
Gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo.
14. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley
Y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la
República y del respectivo gobernador. 22. Las demás que la Constitución y la ley le señalen. Las áreas metropolitanas podrán convertirse en Distritos conforme a la ley.
En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de la
República suspenderá o destituirá al Alcalde Mayor.
18. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás
Entidades a las cuales se integren; y
19. Las que les señalen la Constitución y la ley.
La dirección general de la economía estará a cargo del Estado.
Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un
Plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En las entidades territoriales habrá también consejos de planeación, según lo
Determine la ley.
El Plan Nacional de Inversiones se expedirá mediante una ley que tendrá
Prelación sobre las demás leyes; en consecuencia, sus mandatos
Constituirán mecanismos idóneos para su ejecución y suplirán los existentes
Sin necesidad de la expedición de leyes posteriores, con todo, en las leyes
Anuales de presupuesto se podrán aumentar o disminuir las partidas y
Recursos aprobados en la ley del plan. Si el Congreso no aprueba el Plan
Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de
Presentado, el gobierno podrá ponerlo en vigencia mediante decreto con
Fuerza de ley.
La ley de apropiaciones deberá tener un componente denominado gasto
Público social que agrupará las partidas de tal naturaleza, según definición
Hecha por la ley orgánica respectiva. El Gobierno Nacional
Reglamentará la materia.
Salvo lo dispuesto por la Constitución, la ley, a iniciativa del Gobierno, fijará
Los servicios a cargo de la nación y de las entidades territoriales.
Cada cinco años la Ley a iniciativa del Congreso podrá revisar estos porcentajes
De distribución.
La ley determinará las condiciones para la explotación de los recursos
Naturales no renovables así como los derechos de las entidades territoriales
Sobre los mismos.
Las leyes tributarias no se aplicarán con retroactividad.
La ley regulará la
Materia.
De la Finalidad Social del Estado y de los Servicios Públicos.
Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley,
Podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por
Comunidades organizadas, o por particulares. La ley determinará las entidades competentes para fijar las tarifas.
Corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las
Políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios
Públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de
Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las
Entidades que los presten.
El Presidente de la República ejercerá la inspección, vigilancia y control del
Banco en los términos que señale la ley.
Por iniciativa del Gobierno o de los ciudadanos en las condiciones del
Artículo 155, el Congreso, mediante ley que requiere la aprobación de la
Mayoría de los miembros de ambas Cámaras, podrá someter a referendo un
Proyecto de reforma constitucional que el mismo Congreso incorpore a la ley.
Los artículos improbados no podrán ser expedidos por el Gobierno.
b) Preparar los proyectos de ley que considere convenientes para desarrollar
La Constitución. El Gobierno Nacional entregará informes periódicos al Congreso de la
República sobre el cumplimiento y desarrollo de este artículo.
Si al término de las dos siguientes legislaturas no se expidieren las leyes
Correspondientes, el Presidente de la República pondrá en vigencia los
Proyectos mediante decretos con fuerza de ley.
Esta propuesta servirá de base al Gobierno para la preparación de los
Proyectos de ley que sobre la materia deberá presentar a consideración del
Congreso.
El proyecto de ley
Respectivo presentado por el gobierno desarrollará los programas, proyectos
Y planes aprobados por el Consejo Nacional de Política Económica y Social
(Conpes).
Dicho plan regirá por el término establecido en la ley.

SISTEMA ORGANIZACIONAL Y ADMINISTRATIVO DE LA NACION

RAMAS DEL PODER PUBLICO
Las ramas del poder público son tres:
la legislativa, la judicial y la ejecutiva.Cada una de éstas tiene diferentes funciones, ejercidas por diferentes entidades, funciones con las cuales se busca controlar el poder público. Pero, ¿qué es el poder público? Son las atribuciones que tiene el Estado para orientar y organizar administrativamente la vida de los ciudadanos colombianos.¿Cómo se creó el poder público?En el año de 1936 se crearon los órganos del poder del poder público; posteriormente, en 1945, por medio de una reforma política, éste tomo forma en las tres ramas del poder público que conocemos; y en 1991, a raíz de la expedición de la nueva Constitución, se determinó dividirlo en ramas y órganos. Las ramas continuaron siendo las tres ya mencionadas (legislativa, judicial y ejecutiva); mientras que los órganos se dividieron en organización electoral y organismos de control.
RAMA LEGISLATIVA
La rama legislativa está conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la República y la Cámara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y los Concejos municipales.Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando sea necesario; sin embargo, tanto el Senado como la Cámara de Representantes tienen diferentes funciones y responsabilidades:
Senado:
El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional.Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas).
Cámara de Representantes
Los Representantes a la Cámara son elegidos dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su Departamento respectivo.Al igual que en el Senado, para que una persona pueda llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de la elección. La Cámara está compuesta por dos Representantes por cada circunscripción territorial y por uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe también la circunscripción especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar las minorías étnicas, las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior.Hay que tener claro que el número de Representantes depende del censo (hoy en día se tiene en cuenta el censo realizado en el año de 1985).Las funciones del Senado y de la Cámara de Representantes, aunque van de la mano, no son las mismas:
Funciones del Senado
- Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.- Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).
- Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo.- Permite o prohíbe el transito de tropas extranjeras por el territorio nacional.
- Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones.- Elige los Magistrados de la Corte Constitucional.
- Elige al Procurador General de la Nación.
- Conoce de las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país (la Cámara acusa y el Senado conoce).Funciones de la Cámara de Representantes
- Elige al Defensor del Pueblo.
- Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General.- Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas.- Es la encargada de tramitar esas quejas.
- Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados.En la Biblioteca virtual puede obtener más información sobre este tema en:Redención de censos perpetuos Ley que autoriza al poder ejecutivo para hacer uso de varios arbitrios rentísticos.
RAMA EJECUTIVA
La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno. Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos. A nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de gabinete.El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años, sin posibilidad de ser reelegido. Para llegar a ese cargo debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección.
Funciones del Presidente como Jefe de Estado:
- Representar al país internacionalmente
- Suscribir tratados con otros países
- Elegir los embajadores que representarán a Colombia en el exterior
Funciones del Presidente como Jefe de Gobierno:
- Es el encargado de la conducción política del país tanto en el orden nacional como en el internacional
Funciones del Presidente como suprema autoridad administrativa:
- Dictar la ley del Banco de la República- Decidir el Plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas
Funciones del Vicepresidente:
- Reemplazar al Presidente durante ausencias temporales o definitivas
- Encargarse de tareas especiales encomendadas por el Presidente (por ejemplo del tema de derechos humanos)
- Puede ser nombrado y trabajar en otros cargos públicos
- La condición de Vicepresidente es una dignidad y, por lo tanto, no recibe sueldo
- No puede ser Ministro delegatario (encargado del mando mientras el Presidente se encuentra ausente)
Funciones de los Ministros:
- Servir de voceros del Gobierno ante el Congreso
- Presentar proyectos de ley ante el Congreso
- Pueden tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes
- Son los encargados de la administración interna de su respectiva entidadFunciones de los directores de departamentos administrativos:
- Su función es técnica y administrativa
- No van a debates en la Cámara de Representantes
- No pueden ser citados por el Congreso
- No pueden presentar proyectos de ley
- Pueden ser citados a las comisiones del Congreso, siempre y cuando éstas no sean debates políticos, y tan sólo a presentar informes técnicos
RAMA JUDICIAL
La rama judicial está conformada por las llamadas altas cortes y por la Fiscalía General de la Nación.Corte Constitucional- Encargada de la Constitución.- Resguarda la Constitución.
- Está conformada por nueve magistrados que ejercen durante un periodo de ocho años.
- A éstos los elige el Senado a partir de sendas ternas enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y el Presidente (sendas ternas: cada uno propone un candidato).
Corte Suprema de Justicia
- Está conformada por veintiocho magistrados que ejercen durante ocho años.
- Cabeza de la jurisdicción ordinaria (regula conflictos entre particulares).
- Juzga al Presidente y a los altos funcionarios.
- Investiga y juzga a los miembros del Congreso.
- Se da su propio reglamento.
- Conoce de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno.Consejo de Estado
- Está conformado por veintisiete magistrados que ejercen durante ocho años.
- Regula los conflictos entre los particulares y el Estado.
Consejo Superior de la Judicatura
- Está conformado por trece magistrados. Administra los recursos de la rama judicial.
- Sala administrativa
- Administra recursos.
- Sala disciplinaria
- Regula la conducta y función de los abogados litigantes y de los funcionarios de la rama judicial.Fiscalía General de la Nación
- Investiga y acusa.
- El Fiscal es elegido por la Corte Suprema de Justicia de entre una terna de candidatos enviada por el Presidente.
- Está conformada por magistrados a nivel departamental, jueces municipales a nivel municipal y jueces promiscuos municipales en municipios pequeños.
- Lleva a cabo los procesos penales, en los que primero se realiza la indagación preliminar, luego la investigación o instrucción y, finalmente, califica el mérito del sumario juicio; es decir, acusa o exime.

ASPECTOS RELEVANTES DE COLOMBIA

Sistema de gobierno:
El país alcanzó su independencia en julio de 1810 y pasó a denominarse República de Colombia. La Constitución vigente en la actualidad data de 1991 y establece la separación de tres poderes: El Ejecutivo (encabezado por el Presidente), el Legislativo (Congreso bicameral) y el Judicial (Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura). El poder se reparte entre los dos partidos políticos más importantes: el Partido Conservador de Colombia y el Partido Liberal.
División administrativa:
Colombia consta de 32 departamentos más el Distrito Federal de Bogotá.
Ciudades:
La capital es Bogotá (con cerca de 6 millones de habitantes). Otras ciudades importantes son Medellín, Cali, Barranquilla y Cartagena.
Idioma oficial:
El español, hablado por casi toda la población, excepto algunas tribus indígenas muy aisladas (hoy en día aún existen cerca de 75 dialectos en uso). En las escuelas también se aprende inglés.
Religión:
El 90% de la población colombiana es católica romana. Pequeños sectores sociales practican cultos minoritarios (anglicanos, luteranos, mormones).
Hora local:
GMT - 5.
Horarios:
Los comercios abren de 09.00 a 12.00 y de 14.00 a 18.30 de lunes a sábado.
Teléfonos:
Se puede utilizar la Conexión Directa Internacional para llamar al extranjero. Para telefonear a las poblaciones pequeñas puede hacer falta recurrir a la operadora internacional. Código de Colombia: 57. Código para llamadas internacionales: 90.
Símbolos Patrios:
Bandera.
La actual bandera de Colombia quedó fijada por decreto en 1934. Se compone de los colores amarillo, azul y rojo, distribuidos en tres franjas horizontales; la amarilla, colocado en la parte superior, tiene una anchura equivalente a la mitad de la bandera. Las otras dos franjas ocupan cada una un cuarto del total: La azul va en el centro, donde se sitúa un escudo de forma ovalada, en campo azul con rojo y con una estrella blanca (de ocho rayos) en el centro.
Escudo
El escudo de armas colombiano consta de tres cuarteles horizontales, coronados por un cóndor con las alas abiertas, (Ave Nacional de Colombia) mirando hacia la derecha; en su pico tiene una corona de laurel y una cinta con el lema Libertad y Orden. La franja superior del escudo representa la abundancia, con una granada de oro abierta y a sus costados dos cuernos con monedas de oro y plata. En el centro del escudo, el gorro frigio símbolo de libertad entre los pueblos. En el último tercio se pretenden representar las relaciones con las demás naciones.
Himno Nacional De La Republica De Colombia
Flor Nacional
class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
La orquídea es la flor Nacional. Concretamente, la variedad denominada Cattleya trianae. Lleva este nombre en honor del naturalista Colombiano José Jerónimo Triana

Fue escogida como flor Nacional según un concepto emitido por la Academia Colombiana de Historia en 1936, aún cuando no ha sido consagrada oficialmente por ley. Está calificada como la flor más bella del planeta, véase en Cattleya trianae. la orquidea fue elegida por la belleza de las mujeres de colombia y por lo sensible.
Ave Nacional
Aunque no señalado oficialmente, siempre se ha asociado el cóndor de los Andes (Vultur gryphus) con Colombia. Tiene su hábitat en las máximas alturas de los Andes; de gran tamaño y envergadura, alcanza hasta 3 m con las alas extendidas, característica que explica su alto vuelo; fue escogido en 1834 como emblema de libertad y soberanía para el escudo nacional.

El ave nacional simboliza la libertad, esta representado de frente, con las alas extendidas y mirando hacia la derecha;de su pico prende una corona de laureles de color verde y una cinta ondeante ;asi da al escudo y entrelazada en la corona aparecen,sobre oro y en las letras negras, las palabras libertad y orden.
Arbol Nacional
La palma de cera (Ceroxylon quindiuense). Alcanza alturas hasta de 70 metros. Crece entre los 1700 y 3200 msnm de altitud dentro del ambiente de selva nubulosa en la vertiente oriental de la Cordillera Central y la vertiente occidental de la Cordillera Oriental. Su género hace referencia a la serosidad blanca que recubre su tallo. Fue escogida como árbol nacional de Colombia por la comisión preparatoria del III Congreso Suramericano De Botánica, celebrado en Bogotá en 1949. Posteriormente fue adoptado oficialmente como Árbol Nacional mediante la Ley 61 de 1985.
Festivos:
1 de enero: Año Nuevo.
6 de enero: Epifanía.
19 de marzo: Festividad de San José.
Marzo-abril: Jueves Santo.
Marzo-abril: Viernes Santo.
1 de mayo: Día del Trabajo.
20 de mayo: Festividad de la Ascensión.
10 de junio: Corpus Christi.
18 de junio: Festividad del Sagrado Corazón.
29 de junio: Festividad de San Pedro y San Pablo.
20 de julio: Día de la Independencia.
7 de agosto: Aniversario de la Batalla de Bocayá.
15 de agosto: Asunción de Nuestra Señora.
12 de octubre: Día de la Raza.
1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
11 de noviembre: Independencia de la Ciudad de Cartagena.
24 de noviembre: Día de Acción de Gracias.
8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada Concepción.
25 de diciembre: Navidad.






Recomendaciones de viaje:
Nadie que viaje a Colombia puede olvidar que la guerrilla, el narcotráfico y los grupos paramilitares han creado una situación de caos e inseguridad excepcionales en ciertas zonas del país. Los homicidios y secuestros, incluso de extranjeros o turistas, son frecuentes y han convertido a esta República en una de las más inseguras del mundo. Aunque no existe ninguna zona absolutamente libre de riesgo, sí es verdad que determinados destinos turísticos como la ciudad de Cartagena de Indias, la zona del Amazonas, y el archipiélago de San Andrés y Provincia son muy seguros. La capital, Bogotá, presenta un índice de violencia similar al de las demás capitales del continente. No obstante, es menos segura que los destinos antes citados, y periódicamente se producen atentados terroristas, por lo que se recomienda precaución. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia desaconseja a los extranjeros que visiten las zonas de "alto riesgo" del país (las zonas rurales o alejadas de núcleos turísticos).
En caso de cualquier duda se recomienda contactar con el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen, o con sus representaciones diplomáticas en Bogotá.




















UBICACION GEOGRAFICA DE COLOMBIA

COLOMBIA Y SU UBICACIÓN GEOGRAFICA
Colombia cuenta con una posición geográfica estratégica en el hemisferio americano.
Por una parte, es un punto de enlace entre los países del norte y del sur en el
hemisferio y, por otra, posee amplias costas sobre los océanos Atlántico y Pacífico.
Dicha ubicación le permite ser la puerta de entrada a América del Sur y disponer de
puertos hacia el resto de América, Europa y los países de la Cuenca del Pacífico.
Además, su localización en la zona ecuatorial determina la existencia de una gran
variedad de climas y ecosistemas.
El territorio colombiano está conformado por una amplia región montañosa, que cobija
más de la mitad de la región occidental y por una región plana que comprende la zona
oriental, constituida por la Orinoquía y la Amazonía.
Colombia comparte fronteras con Venezuela, Brasil, Perú, Ecuador y Panamá; tiene
una extensión territorial de 1’147.140 kilómetros cuadrados, que lo sitúa como el
cuarto país más grande de América del Sur después de Brasil, Argentina y Perú.
Por el Norte, Colombia llega hasta los 12°26’46’’ de latitud norte en el sitio denominado Punta Gallinas en la península de la Guajira, que a su vez, constituye el extremo septentrional del continente surámericano.



Por el sur, el territorio llega hasta los 4°12’30’’ de latitud sur, en el sitio donde la quebrada San Antonio vierte sus aguas al caudaloso río Amazonas.

El extremo Oriental se localiza a los 60°50’54’’ de longitud oeste de Greenwich, sobre la isla de San José en el río Negro (En Colombia denominado río Guainía), frente a la Piedra del Cocuy, límite común entre las repúblicas de Colombia, Brasil y Venezuela.

Por el Occidente llega hasta los 79°02’33’’ de longitud oeste de Greenwich, que corresponden al Cabo Manglares en la desembocadura del río Mira en el Océano Pacífico.

El territorio colombiano, también comprende el archipiélago de San Andrés y Providencia, diseminados en el mar Caribe entre los 12° y 16°30’ de latitud norte, y los 78° y 82° de longitud oeste de Greenwich, cuyas islas principales son las de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Adicionalmente, en el Caribe se localizan cerca del litoral, la isla Fuerte y los archipiélagos de San Bernardo y del Rosario; así como las de Barú y Tierrabomba, próximas a Cartagena, las cuales se encuentran unidas al continente.

Por su parte, en el Océano Pacífico se encuentra la isla de Malpelo a los 3°58’ de latitud norte y 81°35’ de longitud oeste, así como, las islas Gorgona y Gorronilla más próximas a la línea costera.